El 22 de mayo de 1012, La Corte Suprema de Justicia fijó
como fecha límite para que los grupos que exceden las licencias permitidas
presenten un proyecto de adecuación a la “Ley de Medios” el próximo 7 de
diciembre. Asimismo, el 8 de diciembre se van a concursar las licencias que
queden fuera de la medida adjudicando las fuentes de trabajo a nuevos titulares
quienes deberán cumplir con todos los requisitos legales. Esta establece las
normas que conducen el funcionamiento de los medios radiales y televisivos en
Argentina.
Cabe recordar que el pasado 10 de octubre de 2009 fue
promulgada la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual por la
presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner. La misma remplazó a la
Ley de Radiodifusión 22.285 –promulgada por la dictadura militar en 1980– que
se había mantenido vigente desde entonces. Posteriormente, los ex mandatarios
Raúl Alfonsín y Fernando de la Rúa –en los años 1988 y 2001 respectivamente–
presentaron sus respectivos proyectos de ley, los cuales no pudieron ser
tratados debido a fuertes presiones.
Es importante detallar que la “Ley de Servicios
Audiovisuales” no fue dictada únicamente con el fin de terminar con una norma
creada durante la última dictadura, sino para generar una apertura en los
medios. De esta manera, el proyecto apunta a regular la distribución de las
licencias y a impedir la formación de monopolios. Además, es un estímulo para la generación de
puestos de trabajo. La medida establece un límite de licencias que pueden tener
cada grupo empresario de medios.
De acuerdo con el artículo 45, se establecen los siguientes
límites: a nivel nacional, 1 1 licencia de TV satelital, la cual no puede ser
dueña de cualquier otro medio (TV Abierta, Radio, Cable) 10 licencias de radio,
TV abierta y TV Abierta codificada y 24 licencias de TV por cable; a nivel
local: hasta 3 señales dentro de una misma área de cobertura, 1 radio AM, 1
radio FM o 2 FM, solo si dentro de esa área hay más de 8 radios FM; los canales
de TV abierta no pueden ser dueños de operadoras de TV por cable y viceversa.
Los medios abiertos (Radio, TV Abierta) pueden ser dueños de 1 canal de cable.
Los operadores de TV satelital, TV por cable y TV abierta codificada; solo
podrán tener un canal de generación propia (canal local).
Los cambios sugeridos por la ley, producirán el apogeo de la
producción a nivel local y regional de los contenidos. Los canales rosarinos se
verán obligados a emitir mayores contenidos de producción local. Muchos profesionales de la ciudad, comienzan
a generar proyectos para abastecer a los nuevos medios que se vienen, lo cual
genera un impulso al desarrollo de contenido local. Decenas de proyectos están
saliendo a la luz motivados por la sanción de esta ley.
Por último, cabe destacar que la nueva Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual predice un panorama muy positivo para nuestra ciudad,
ya que extiende el camino a una gran cantidad de trabajadores y funda una gran
oportunidad para la creación de contenido en la ciudad.
Florencia Ribecco
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